METODOS ILEGALES DE COBRANZA: PARTE III ........ AYUDA DEUDORES TE ASESORA
21/12/2016
MÉTODOS PROHIBIDOS POR LA LEY
Continuación:
Los siguientes son métodos de cobranza prohibidos por las normas, pero que aún los cobradores suelen emplear para cobrar una deuda:
12. Ofrecer descuentos falsos para cancelación: Cuando le ofrezcan descuentos que lo hagan constar por escrito con firma y sello de la empresa de cobranza. Lean bien las fechas de vigencias de los descuentos, que concuerden con la fecha de emisión de la propuesta. Ejm. Pueden ofrecerle un descuento del 50% de la deuda para el día 25 de mayo, pero se la hacen llegar el mismo día 25 de mayo, lo que puede pasar que Ud. pague el 26, 27, 28, y cuando reclame su carta de no adeudo pueden los Bancos decir que ha pagado fuera de fecha por lo cual el descuento no tiene efecto y tienen que cancelar otro monto adicional.
13. Asustar a sus familiares en su casa, principalmente niños y ancianos: Es un método deplorable que utilizan los cobradores, asustando a los ancianos de la casa con embargos, así como hacer llorar a niños amenazando que les van a quitar sus juguetes.
14. Utilizar altavoces para llamar su atención: Si Ud. no contesta su puerta o no tiene timbre, los cobradores no pueden llamarlo a través de altavoces.
15. Cuando lo llamen a su domicilio para ubicarlo, los cobradores no pueden hacerse pasar por otras personas para ser atendidos: Por ejemplo, no pueden decirle que son de otro Banco para darle otra tarjeta de crédito o préstamo, solo para verificar su domicilio o teléfono.
16. cuando lo ubiquen en su domicilio o lo llamen por teléfono, los cobradores no pueden ser irrespetuosos: Los cobradores no pueden maltratarlo ni psicológica, ni verbalmente, ni de ninguna forma. Tienen que identificarse con nombre y apellido, decir a qué empresa pertenecen, hablar solamente con el titular de la deuda, no pueden dejar recado con ningún familiar o tercero, deben hablar con respeto, no le pueden alzar la voz, ni acusarlo de estafador, ni cuestionarle por que no trabaja, ni por qué no paga, etc. Por ningún motivo lo pueden ofender por ser deudor. De existir esta conducta grábelo y lo pondrá en serios aprietos a él y a su empresa con la queja respectiva.
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Cel. 937415428. Dr. Manuel M. Ruiz
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